De llevar a cabo Donald Trump sus planes de considerar a cárteles de la droga como grupos terroristas
El Presidente de Estados Unidos, Donald Trump, anunció este martes 26 de noviembre que los cárteles del narcotráfico de México serán designados de manera oficial como organizaciones terroristas.
En entrevista para ‘The O’Reilly Update’, el mandatario indicó que los designará con la etiqueta de organizaciones terroristas.
“Absolútamente, los voy a designar como organizaciones terroristas, absolutamente”, dijo el mandatario estadounidense.
De tomar esta medida, el Gobierno de EU podría incluso tomar medidas unilaterales extremas, como invadir militarmente a México.

Cabe hacer notar que el Gobierno de Estados Unidos tiene dos leyes vigentes para combatir al terrorismo, dentro y fuera de su territorio. La primera es la Ley Pública 104-132, también llamada Ley Contra el Terrorismo, Ley Antiterrorista y de Pena de Muerte, que data de 1996, cuando era Presidente Bill Clinton.
Esta legislación le otorga facultades al gobierno estadounidense para intervenir en cualquier país que signifique una amenaza para la seguridad de esa nación.
Bastaría con que el actual presidente Donald Trump firme una declaratoria en la que estipule que México no coopera plenamente con la labor antiterrorista de Estados Unidos para que Washington pueda intervenir el país militarmente, con o sin autorización.
Además de que México ya no podría comprar armamento ni materiales militares como lo hace hoy en día.
La otra legislación es la llamada Ley Patriótica, promulgada por el Presidente George Bush después de los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 contra las Torres Gemelas, en Nueva York.
Es extraterritorial, abarca jurisdicción internacional y se apoya en los tratados internacionales y convenios bilaterales. Engloba una gama de conductas o delitos que considera afectan la seguridad nacional, entre ellas el lavado de dinero, fraude, terrorismo, narcotráfico y algunas prácticas monopólicas.

De esta forma, el gobierno de EU puede requerir la intervención de datos de terceros en cualquier situación de sospecha sobre un individuo que afecte la seguridad nacional.
El Título III se refiere al financiamiento del terrorismo, a través del lavado de dinero y activos y actividades ilegales con respecto a Bancos, Entidades Financieras, Empresas y Corporaciones Multinacionales, personas jurídicas e individuos que sean incluidos en las lista Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC por sus siglas en inglés).
Muchos cárteles mexicanos y empresas relacionadas con ellos están bajo la lupa del gobierno estadounidense.
¿Qué dice la legislación mexicana?
En la Constitución no aparece la palabra terrorismo. Pero el Código Penal Federal concede penas de 40 años de prisión “a quien realice actos en contra de bienes o servicios públicos o privados, en contra de la integridad física, emocional o la vida de las personas, que produzca alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella”.
La pena aumentará 20 años más cuando “el delito sea cometido en contra de un bien inmueble de acceso público, se genere un perjuicio a la economía nacional, o en la comisión del delito se detenga en calidad de rehén a una persona”.
Los delitos relacionados con drogas están castigados con hasta 25 años de prisión “a quien produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados, sin la autorización correspondiente a la que se refiere la Ley General de Salud”.—(Redacción de “HECHO DIGITAL” con base en reportes de “Infobae” y “Zócalo”)